COMPLEMENTO DE AYUDA A LA INFANCIA
Gestión Hazte Empresario vuestra cooperativa de Mercadillos informa:
Desde el 1 de Enero se está gestionando el complemento de ayuda a la infancia; esta es la información que disponemos hasta ahora:
Se trata de una nueva ayuda para familias y unidades de convivencia con rentas bajas que tengan hijos o menores a cargo, hasta que cumplan 18 años.
Este complemento de ayuda a la infancia se paga mensualmente y la cantidad depende de la edad del menor: 100 euros al mes por menor hasta los tres años, 70 euros al mes hasta los 6 años y 50 euros al mes hasta los 18 años. Es una nueva ayuda que se pone en marcha en 2022.
La Seguridad Social va a pagarla automáticamente, sin necesidad de que solicite, a aquellas familias de las que ya tenga datos (por ejemplo porque cobran el Ingreso Mínimo Vital) y en el resto de casos en los que no lo abone de oficio, hay que solicitarla.
Para poder solicitar el nuevo complemento de hasta 100 euros por peque, las familias deben cumplir los siguientes requisitos:
- Las familias No beneficiarias del IMV que podrán solicitarlo deben cumplir con el siguiente límite de ingresos anuales:
- Familias de 2 adultos y 1 peque: hasta 27.000 €
- Familias de 2 adultos y 2 peques: hasta 32.100 €
- Familias monoparentales y 1 peque: hasta 25.700 €
- Familias monoparentales y 2 peques: hasta 30.800 €
Pueden solicitarlo en el INSS, en imv.seg-social.es, las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos.
Si usted tiene derecho al ingreso mínimo vital se le reconocerá el complemento junto con la prestación, sin que sea necesario que presente una solicitud independiente.
No tienen que solicitar el complemento, puesto que se reconocerá de oficio por el INSS con efectos de 1 de febrero de 2022:
los actuales perceptores de IMV.
los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los que miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.
RESUMIENDO De momento esta ayuda está enfocada a quienes » TIENEN, ESTÁN EN TRÁMITES DE TENER O TENDRÁN el Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Para acceder a esta ayuda
1, Tienes que ser beneficiario del IMV
2, Tienes que haber solicitado el IMV y estar en trámite
3, O tienes que cumplir los requisitos para solicitar el IMV y por tanto solicitarlo.